Objeto:
Presentación de cualquier reclamación, queja, aviso o sugerencia.
Quién puede realizar el trámite:
Cualquier persona con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas.
Requisitos específicos:
Ninguno.
Cómo se puede realizar el trámite:
-Instancia general rellenada y firmada (opcional).
-Es posible la aportación de otros documentos.
Normativa:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 3).